REGLAMENTO - Reglamento del Consejo Asesor de Planeamiento
Entrada en vigor
18 Abril, 2016
Área de actuación
Acción Urbanistica
Áreas temáticas
La Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, recoge entre sus principios el de concertación social, el de participación ciudadana y el de información pública, y establece para aquellos municipios con competencia propia o delegada para la aprobación definitiva de los Planes Generales la obligación de constituir un Consejo Asesor del Planeamiento Municipal como órgano local de carácter consultivo y deliberante, cuyo fin es llegar a concertar socialmente los planes urbanísticos.