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Aprobación inicial del Reglamento municipal por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo

Plazo de alegaciones: hasta el 18 de junio.

Fecha de publicación
Fecha fin

El Ayuntamiento de Basauri, en sesión ordinaria de Pleno celebrada el 26 de marzo de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero: Aprobar inicialmente el Reglamento municipal por el que se regula la modalidad de prestación de servicio en Régimen de teletrabajo en el Ayuntamiento de Basauri, que se adjunta como Anexo al presente Acuerdo.

Segundo: Exponer al público el presente Acuerdo durante treinta (30) días hábiles mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial de Bizkaia», al objeto de que los/las interesados/as puedan examinarlo y presentar cuantas alegaciones, reclamaciones o sugerencias tuvieran por convenientes, tal y como preceptúa el artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladores de las Bases de Régimen Local.

Transcurrido dicho plazo, el Ayuntamiento en Pleno resolverá las reclamaciones y sugerencias que se hubieran presentado dentro del plazo y procederá a su aprobación definitiva. Si no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo, hasta entonces provisional, se entenderá definitivamente adoptado. El acuerdo definitivo se publicará en el «Boletín Oficial de Bizkaia» de conformidad con lo expresado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto del artículo 65.2 del citado texto legal.